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El Frente Cultural Federal repudió los decretos presidenciales 138/25 y 143/25, a través de un documento

El Gobierno Nacional publicó, en su Boletín Oficial, los decretos 138/25 (con fecha 26/02/2025) y 143/25 (con fecha 27/02/2025), que modifican el modo en que las/os músicas/os cobran por derechos de propiedad intelectual. Desde diversos espacios, colectivos, asociaciones y agrupaciones del sector cultural se han expresado en oposición a los mismos. Dichos decretos fueron impulsados por el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger.
Transcribimos a continuación el documento del Frente Cultural Federal, al cual también ha adherido el Frente de Artistas y Trabajadores de las Culturas (FATRAC):
“En nombre de la libertad el Gobierno Nacional pretende ‘regular’ por decreto las ideas
El Frente Cultural Federal repudia los decretos presidenciales 138/25 Y 143/25
Las Sociedades de Gestión Colectiva de Derechos Autorales y de Intérpretes NO son ÓRGANOS del ESTADO NACIONAL, pero, el presidente y sus ministros pretenden regularlas como a los organismos descentralizados del ejecutivo nacional. Dicho de otro modo: estatizan lo privado y privatizan lo del estado. No parece muy liberal tal política.
Los decretos 138/25 y 143/25 expresan una muy clara intención de dejar a autores/as, compositores/as e intérpretes de música, actuación y danza a merced de los monopolios extranjeros, bajo la supuesta libertad de autogestionar la representación de sus derechos intelectuales, condenan a los/as artistas a la más profunda soledad de negociar sus derechos en franca inferioridad de condiciones, a merced de las lógicas de los dinosaurios carnívoros de mercado, sin defensa de nuestra cultura nacional, especialmente, ante la dinámica de las transaccionales del streaming.
La intervención de ambos decretos sobre las sociedades de gestión de derechos intelectuales es, sin duda alguna, una medida inconstitucional muy grave para la preservación de los derechos intelectuales nacionales e internacionales.
Imponer por decreto cambios en el interior de las entidades perjudicando sus funciones de recaudación, distribución y participación en la representación de los derechos intelectuales, solidarias y colectivas, es una intromisión dictatorial sobre los asuntos netamente privados, violatorio de las libertades asociativas entre los/as creadores/as para resolver las problemáticas de forma colaborativa y solidaria. Si no fuera así, hubieran enviado un proyecto de ley al congreso y modificado las mismas por consenso político y social, algo que no lograron cuando pusieron un texto, de iguales características, en la Ley de Bases, porque tuvieron que retirarlo por falta de acuerdo.
Ahora bien, si indagamos un poquito más, advertimos que en el artículo 2, se establece: “…y no podrán ejercer ninguna actividad de carácter político y/o religioso.” ¿Qué quiere decir esto? Que los/as artistas propietarios de estos derechos y/o sus representantes en las instituciones de gestión colectiva, tienen prohibido, desde ahora, opinar de política en la Argentina. Es decir, se le cercena los derechos políticos, cuya conquista fuera bandera del liberalismo en el siglo XIX. Esto solo ocurrió en dictaduras, lo que convierte a Milei en mero dictador, cuyo instrumento para acallar a los/as artistas en su llamada “batalla cultural” es la censura y la descalificación más grosera.
Si alguien quisiera participar de la contienda política solicita una personaría jurídica política, funda o se asocia a un partido político. Pero si opina en su condición de autor/a o trabajador/a de las artes es porque se siente conmovido o perjudicado por las temáticas que aquejan a nuestra sociedad y seguramente a su público. Porque eso significa ejercer el derecho más básico a la ciudadanía.
¿Por qué NO podría opinar un referente de una institución de gestión de derechos autorales de política? ¿Acaso no hay empresarios, periodistas, dirigentes de clubs, deportistas y propietarios de empresas financieras en la política? No hay abogados, médicos, banqueros, petroleros, profesionales del turismo y la hotelería, ingenieros y hasta economistas en el Congreso de la Nación y en los más altos cargos del ejecutivo nacional. ¿Pero si sos un profesional y/o representante de la actuación, de la danza, de la música, de la cinematografía y la televisión, la radio y la literatura, ¿NO? Imaginamos que, si sos un/a interprete ejecutante del CHANARANGO tampoco, ¿verdad?, conforme la interpretación tan falaz de cierto diputado que plantea que la música de nuestro norte no es argentina.
No vemos al ministro supremo «regulador», @fedesturze. interviniendo a la Sociedad Rural Argentina, para definir cómo se debe establecer las cuotas societarias, los remates de hacienda y mucho menos, regulando los aranceles de mínimo y máximo del valor del ganado en píe. Sin embargo, a él sí le parece bien regular desde el estado el valor del trabajo intelectual de los propietarios de los derechos y la forma en que se organizan en sus Sociedades de Gestión Colectiva, incluso sin necesidad de modificar la LEY GENERAL DE SOCIEDADES ARGENTINA; no sea que todas las Sociedades tengan que cumplir con lo mismo que les pide a las Sociedades de Gestión de Derechos.
SE NOTA MUCHO QUÉ INTERESES SE PRIVILEGIAN EN EL GOBIERNO DE MILEI. Se nota demasiado por qué le molesta tanto que existan en nuestro país amplios sectores de las culturas y las artes que no se resignan a agachar la cabeza y ser dóciles a las políticas de entrega de nuestra soberanía cultural.
¡LA CULTURA SE DEFIENDE!
NO A LOS DECRETOS 138 Y 143/25”.
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