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Fueron habilitadas las actividades en cines, teatros y salas de espectáculos de centros culturales

En el día de ayer, el Ministerio de Cultura de la Nación ha peticionado que se arbitren las medidas para que, en los espacios que se considera de alto riesgo epidemiológico y sanitaria, se autorice la realización de las actividades relativas al cine y al desarrollo de artes escénicas (música en vivo, teatro, danza y circo) con y sin asistencia de espectadores. De este modo, se establece que “en las salas de teatros y de espectáculos se permite un 50% de aforo, sin expendio de bebidas y comidas y, en los cines, se permite un 30% de aforo, con expendio de golosinas y bebidas, el que podrá ser aumentado conforme a la situación epidemiológica y de conformidad con los protocolos vigentes”.

Destacamos que las personas involucradas en el desarrollo de estas actividades deberán portar el Certificado Único Habilitante para Circulación-Emergencia Covid-19 y el público asistente deberá “acreditar su condición de tal con los tickets de acceso al espectáculo, que deberán especificar la sala a la que se asistió, el título de la obra o concierto y artista, el horario de la función y el número de la butaca que ocupó”.

Agregamos que, las actividades culturales mencionadas, deben realizarse con el estricto cumplimiento del protocolo y las medidas de prevención vigentes. 

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