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El sector de la cultura se pronuncia contra el DNU 70/2023 de Milei y sus ministros

El DNU 70/2023 fue calificado de anticonstitucional y antidemocrático por amplios sectores de nuestra sociedad, desde importantes juristas, legisladoras/es, políticos e intelectuales hasta prestigiosas asociaciones, sindicatos, organizaciones, agrupaciones y fundaciones, quienes se han manifestado en su contra de diferentes maneras. A estos se suma un amplio sector de la cultura.
La Multisecotirial Audiovisual publicó un comunicado el pasado 21 de diciembre donde expresa que “El decreto 70/2023, con 366 artículos, pretende imponer modificaciones -muchas de ellas sustanciales y definitivas, hasta el punto mismo de la derogación lisa y llana de más de 300 leyes que tuvieron debate, consenso y apoyo ciudadano, y que han generado derechos adquiridos en la práctica democrática y social de todos/as lxs ciudadanos/as argentinos. El presidente y sus ministros se arrogan la suma total de los poderes públicos dejando de lado los deberes, las responsabilidades y la representación que son exclusivas de Diputados/as y Senadores/as Nacionales, quienes, también, fueron refrendados en elecciones libres y soberanas y que son los únicos autorizados por nuestra Constitución Nacional a legislar.
El DNU representa una entrega absoluta de la soberanía argentina y la abolición de derechos sociales, entre ellos, la integridad territorial, el espectro radioeléctrico, los recursos naturales, los derechos de trabajadoras y trabajadores, la protección de los/as consumidores y las garantías de salud y hábitat de todo el pueblo argentino y sus residentes.
A nuestro sector cultural y de comunicación audiovisual, el Art 48: Transformación de empresas del Estado en Sociedades Anónimas, le genera una afectación directa, cambiando su estatus en Sociedades Anónimas, cualquiera sea el tipo o forma societaria adoptada. Esta disposición comprende a todas las Empresas del Estado que no tengan una forma jurídica societaria, las Sociedades del Estado, las Sociedades Anónimas con Participación Estatal Mayoritaria, las Sociedades de Economía Mixta y todas aquellas otras organizaciones societarias donde el Estado nacional tenga participación en el capital o en la formación de las decisiones societarias y no se encuentren constituidas como sociedades anónimas, por lo que estarán sujetas a las prescripciones de la Ley General de Sociedades N°19.550, T.O. 1984 y sus modificatorias, en igualdad de condiciones con las sociedades sin participación estatal y sin prerrogativa pública alguna. Las empresas del Estado, como Télam, Radio y Televisión Argentina (Canal 7 + 57 Radios Nacionales), Contenido Público S.E. (Canal Encuentro, PakaPaka, DeporTV, TecTV), ARSAT y las SAPEM de Multimedios de Tucumán, Córdoba y Misiones, entre otras.
En el Artículo 53, deroga o sustituye cláusulas laborales cuya desregulación tornará más difícil la contratación de servicios para producciones audiovisuales por parte de empresas locales. Esto beneficia, indirectamente, a grandes productoras extranjeras que, sin dudas, lograrán oligopolizar la contratación de servicios.
Art. 97: Servicios esenciales. Sustitúyase el artículo 24 de la Ley N°25.877, especialmente, el Capítulo III sobre conflictos colectivos de trabajo. La modificación está dirigida a ampliar las actividades consideradas ‘servicios esenciales’, para, así, restringir la posibilidad de tomar medidas de fuerza por parte de sus trabajadores/as, impidiendo el derecho a huelga a los gremios SATSAID, FOETRA, SUTEP, FATPREN y otros, sin posibilidades reales de una mejora en las negociaciones salariales y condiciones de trabajo.
Los Artículos 326 y 327 sustituyen los artículos 45 y 46 de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual N° 26.522. De este modo, se elimina todo límite a la multiplicidad de licencias en el orden nacional y, también, elimina límites a la concurrencia de TV satelital. Sólo conserva límites a niveles locales, permitiendo ampliar el monopolio y el oligopolio en beneficio de unas pocas empresas, impidiendo el federalismo en la comunicación y desarmando todo tipo de diversidad cultural y acceso a la comunicación pública.
Los Artículos 328, 329 y 330 modifican la Ley Argentina Digital. El criterio ideológico de ‘Cielos Abiertos’ es sólo para los amigos del presidente, con sistemas globales en materia satelital y totalmente desregulado. Pero, atención al detalle encubierto: la responsabilidad sigue siendo del Estado, es decir, hacen negocios ellos y paga el pueblo argentino.
Todo esto es claramente la continuidad histórica de las políticas económicas, sociales y jurídicas iniciadas por José Alfredo Martínez de Hoz para la Junta Militar en la Dictadura cívico-militar de 1976-1983. Todas medidas impuestas con la sangre derramada del pueblo argentino; seguidas por Domingo Cavallo en los ‘90 y el 2001; retomadas entre el 2016 y el 2019 por Macri, Caputo y Sturzenegger, hoy activistas, asesores y funcionarios indispensables del gobierno de Javier Milei.
Con la firme convicción de que la unidad de acción, la solidaridad y la organización de trabajadores, productores y artistas es el único camino necesario ante el atropello antidemocrático y anticonstitucional del Poder Ejecutivo Nacional, todo el sector de la cultura y la comunicación debe dar una respuesta clara y contundente”.
Por otro lado, crece la preocupación ante los dichos de Federico Sturzenegger que buscan desprestigiar al Instituto Nacional del Teatro (INT) y al Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales (INCAA), donde afirma que el INCAA funciona por una Ley de Onganía, cuando la realidad es que en el año 1994 fue modernizada la Ley del Cine y el INT fue creado en 1997. Ambas instituciones funcionan de manera autárquica, tienen Consejos con participación de las provincias y otorgan subsidios con auditorías internas y externas de la Auditoría General de la Nación. Para rebatir las falsedades del asesor presidencial, las organizaciones teatrales del país publicaron un contundente comunicado: “Ante declaraciones públicas que intentan desprestigiar la tarea del INT decimos: los recursos del INT son públicos y se aprueban todos los años en el Congreso de la Nación junto al Presupuesto Nacional. Teatristas de todo el país conocemos tanto el origen como la asignación de los fondos, porque son públicos y transparentes. La sociedad toda puede acceder a esa información. Con el nacimiento del INT NO se creó ningún impuesto nuevo, sino, que se asignó un porcentaje de tasas y multas que ya pagaban las empresas de comunicación audiovisual. Los recursos del INT se distribuyen y asignan en forma democrática y federal. Los integrantes del INT, representantes de cada provincia, son elegidos por Concurso Público. Los recursos del INT generan fuentes laborales genuinas y aportan a la virtuosa relación entre cultura y trabajo. Nunca se le exigió a ningún beneficiario una determinada línea u orientación artística o política, primando, siempre, el pluralismo en su más amplio sentido.
La cultura –y el teatro como parte de ella– es un derecho básico de los seres humanos y, por ello, creemos que los recursos invertidos, de manera transparente y eficiente, no solamente no deben ser recortados, sino, que deben crecer año tras año”.
Santiago Julián Alonso es artista plástico, escritor, dramaturgo, licenciado en Letras (UBA), periodista e investigador en el Centro Cultural de la Cooperación. Vive en el barrio de Palermo, Comuna 14, CABA.