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Los ciudadanos y la Ley de Comunas

¿Ser ciudadanos o ciudadanas significa, solamente, vivir en una ciudad? O, como decían los griegos, ¿significa participar en los amplios campos que nos ofrece la política? Vale decir, para unos, votar, pagar impuestos y ser usuarios de los servicios públicos; para otros, hacer militancia partidaria, ir a una marcha, etc. Sin embargo, cuando, como ciudadanos y ciudadanas, nos restringimos a la participación, solamente, como usuarios y consumidores de servicios públicos, ¿estaremos cayendo en una trampa de la maquinaria neoliberal, creyendo que, únicamente, con nuestro trabajo y pagar los impuestos todo funciona? Quizás, así, dejamos en manos de otros y otras lo que a nosotros nos toca cuidar y defender: nuestros derechos y nuestras libertades ¿Lo que pensamos, reflexionamos, decidimos y actuamos está, verdaderamente, en nuestras manos?

Después de participar en el Encuentro y Foro de Cultura en la Ciudad de Buenos Aires (EnFoCa), realizado en octubre del presente año, con una asistencia de más de mil personas relacionadas con el arte y la cultura, donde se armaron rondas de debate  e intercambio para arribar a un documento de índole cultural, que planteaba los reclamos y necesidades de dicha ciudad, me formulé esta pregunta: ¿cómo estaba legislado el Presupuesto de Cultura en CABA? Decidí  investigar sobre la Ley de Comunas 1777/05, del año 2005. Descubrí, como ciudadana, artista y gestora cultural, que desconocía la misma. Conversando con otros y otras colegas, me comunicaron que estaban en idéntica situación. Estando en cultura no teníamos esa cultura. Grave.

Teniendo en cuenta que la cultura es un eje pilar de toda polis, como dice el escritor Horacio González: «La cultura es la estructura secreta de todo lo que se hace, incluso, en materia de economía». La  Ley de Comunas 1777/05 marca un hito democrático con respecto a dividir el territorio en comunas, descentralizando el gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Además, le da poder de autogestión a las comunas, promoviendo que ellas planteen cuáles son sus necesidades y prioridades en urbanismo, educación, salud, arquitectura, lo social, lo  cultural, lo ambiental, etc. Por ende, planificar, administrar y aplicar los presupuestos donde ellas lo consideren necesario.

Encuentro y Foro de Cultura en la Ciudad de Buenos Aires (EnFoCa).

No obstante, una excelencia en la  descentralización depende, directamente, de una excelencia en la centralización. Una institución espeja a la otra. Por lo tanto: ¿las administraciones centrales de CABA están óptimamente manejadas? ¿La cultura central se ve reflejada en las comunas? ¿El funcionamiento, por ejemplo, del Teatro San Martin, es el óptimo?

La Ley 1777/05, asimismo, propone la elección de los comuneros y comuneras de manera directa. Sabiendo a qué vecino o vecina se vota y no perdidos en una sabana de candidatos para jefes, diputados, presidentes y demás yerbas. Cosa nada casual. Dicha ley está bien pensada. Muy acertadamente se legisla, en su artículo 17, cómo deberán ser distribuidas y asignadas las partidas del Presupuesto General de Gastos y Recursos de la Ciudad. Proclama una  distribución equitativa según las necesidades de cada comuna. A tales efectos, el Consejo de Coordinación Intercomunal debe elaborar una matriz presupuestaria basada en indicadores sociales, culturales, económicos, ambientales, demográficos y urbanísticos, que permita generar criterios de distribución y compensación de las diferencias estructurales existentes entre los distintos barrios y zonas de la ciudad. En resumen, justicia social.

Cada año, las comunas, en conjunto con los comuneros, ciudadanos y ciudadanas, deberían presentar este proyecto de presupuesto basado en estos índices, luego elaborar una matriz presupuestaria que se dividirá según las NBI (Necesidades Básicas Insatisfechas), donde las comunas más ricas deberían recibir menos y se priorizaría a las más necesitadas.

Ricardo Talento, director del Circuito Cultural Barracas
Circuito Cultural Barracas.

¡Muy lindo todo! Pero, esto no se cumple. Aproximadamente en el año 2009, siendo jefe de Gobierno el ingeniero Mauricio Macri, se legisló la Cláusula Transitoria Tercera, que establece un tope presupuestario que  asigna el 5% del presupuesto total a las comunas por dos años. Esta cláusula sigue efectiva, a pesar de haberse cumplido ya los dos años. Hay que trabajar políticamente para que la legislatura y cada una de las comunas atienda el tope presupuestario, que resulta ser totalmente arbitrario y va contra el espíritu original de la propia Ley de Comunas. La descentralización y los mecanismos de control están legislados, pero, en líneas generales, si se aplicara la ley 1777/05 las comunas serian otras: más independientes, autogestivas y justas en todos los ámbitos, no sólo en lo cultural.

Empecé mi investigación con motivo del Presupuesto Cultural de la CABA y me encontré con la caja de Pandora. Pienso, luego, me pregunto: ¿Cuántos eventos nos suceden por desconocimiento? ¿A qué paradigma nos asociamos? ¿Quizás, si los ciudadanos y ciudadanas tuviéramos un mayor protagonismo en las comunas, podríamos provocar estos cambios? ¿El aleteo de una mariposa puede provocar un huracán?

Es tiempo de volver a empoderarnos como pueblo: averigüemos, investiguemos, informémonos, debatamos, cuestionemos y actuemos.

Abramos las alas.

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